Hace
unos días estuvimos tratando un tema relacionado con la defensa de la
reputación de una marca de moda frente a manifestaciones y expresiones
divulgada por parte de una empresa competidora, que afectaban a su reputación y
en consecuencia a su actividad, con el perjuicio económico que ello supone.
Cualquier
tipo de ataque a la reputación o buen nombre de una empresa con una finalidad
económica es defendible por los medios previstos por la Ley de Competencia
desleal, por lo que pueden iniciarse acciones civiles para conseguir parar este
tipo de comportamiento exigiendo además daños y perjuicios .
La
Ley de Competencia desleal tiene como objetivo velar por un adecuado
funcionamiento del mercado y sancionar cualquier conducta desleal que pueda
afectarle.
El
objetivo de este tipo de actuaciones desleales ( consideradas ilícitas) por parte de la marca competidora, no es
otro que buscar el descredito de la empresa afectada, en beneficio de aquella
que está realizando dichas actuaciones, en un claro intento de debilitar y poner en entredicho su buen nombre frente a
los consumidores, para de este modo ganar cuota de mercado y conseguir ampliar la cartera de clientes.
Ahora bien,
para que estas manifestaciones puedan ser prohibidas, sin entrar en conflicto con el derecho de
la libertad de expresión, deberán cumplir necesariamente unos requisitos:
-
difamatorias y ofensivas, que afecten clara y directamente a la reputación de la
empresa afectada en el mercado.
-
falsas e injusticables
-
que tenga finalidad concurrencial, esto es realizadas por un competidor que se beneficie
de ese descrédito.
También pueden iniciarse acciones penales, en el caso de se trate de un delito de injurias y/o calumnias.
!Defiende tu marca frente a los ataques de la competencia!
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